Con el fin de potenciar la participación, transparencia y el buen uso de los tratos directos en Mercado Público, ya está disponible el nuevo módulo de cotizaciones que estará disponible para todos los proveedores.
El pasado 15 de marzo se presentó el nuevo y actualizado módulo de cotizaciones en la plataforma de Mercado Público. Esta actualización se hizo con la intención de aumentar la transparencia y correcta utilización de Trato Directo en Mercado Público, modalidad que se considera como última instancia en la sucesión de formas que tiene el Estado para adquirir bienes y servicios.
Esta actualización no solo fortalece medidas para procesos más transparentes, sino que también busca ampliar las oportunidades de venta para todos los proveedores registrados en la plataforma. Este módulo, que antes solía ser una instancia de acceso solo con invitación, ahora también será accesible para todos los proveedores del rubro del producto/servicio solicitado.
Según lo que detalla la Dirección de ChileCompra, el organismo “comprador podrá crear una solicitud de cotización y extender la convocatoria a todos los proveedores del rubro que requiera, o enviarla al menos a tres proveedores para las causales antes citadas”. La finalidad de esto es para poder informarte sobre los valores de mercado del producto que se está buscando.
Trato Directo
Existe todo un conducto establecido en la Ley de compras públicas. Como si fueran diferentes niveles, la primera modalidad a recurrir es el catálogo electrónico de Mercado Público, Convenio Marco. Si el producto o servicio no se encuentra dentro de dicha vitrina, la segunda instancia son las licitaciones públicas en sus diversas modalidades (Compra Ágil y Bases tipo son unas de ellas). En caso de que no hubiera proveedores oferentes o que el proceso se declarase desierto, existe la tercera opción: Trato Directo.
Este es un mecanismo excepcional de compra que consta en la contratación de un solo proveedor previa resolución o decreto alcaldicio, solicitando un mínimo de tres cotizaciones para aquellas compras iguales o inferiores a 10 UTM, salvo alguna de las causales establecidas en el artículo 10 del reglamento de compras públicas. Estas consideran casos de emergencia e imprevistos; si solo existe un proveedor del bien o servicio; o si un proceso de licitación pública se declara desierto.
En el caso del módulo de cotizaciones, se recomienda su uso bajo las causales descritas en el Art. 8 a), b) y e) de la Ley 19.886, donde además de procesos sin proveedores interesados, funciona para contratos inferiores a los 1000 UTM que hayan terminado anticipadamente, y aquellos servicios prestados por personas jurídicas extranjeras y que se llevarán a cabo en el exterior.